|
|
|
| 35 tesis en 2 páginas: 1 | 2 |
LA REGULACIÓN DE LAS MARCAS EN LOS CONTEXTOS DE MÉXICO. EL TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMÉRICA DEL NORTE. LA UNIÓN EUROPEA Y EL GATTAutor: CARRETO PACHECO VICTOR MANUEL. Año: 2005. Universidad: COMPLUTENSE DE MADRID. Centro de lectura: FACULTAD DE DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO UCM. Resumen: El trabajo presentado para su defensa como tesis doctoral aborda el tratamiento de las marcas a partir del Derecho de México con el fin de desembocar en las regulaciones en los marcos o contextos del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (ALALC), del correspondiente al Acuerdo General de Aranceles y Comercio (GATT), transformado en Organización Mundial del Comercio (WTO) después del Tratado de Marrakech de 1995, con la inclusión del Acuerdo TRIMS, y al propia Unión Europea, a través del Acuerdo con México. Además, hay que indicar que la referencia a las marcas se ha convertido también en este trabajo en un acertado pretexto para señalar el alcance y las consecuencias de la internacionalización de México y la asunción de compromisos, obligaciones, pero también derechos, tanto con Organizaciones generales que gestionan el denominado sistema multilateral del comercio como con organizaciones regionales, de una de las cuales, el citado ALALC es Estado miembro. LA ACCIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS BANCARIOS EN LOS MERCADOS FINANCIEROS DE LA UNIÓN EUROPEA. UNA APROXIMACIÓN DESDE EL ANGULO DEL DERECHO COMUNITARIO EUROPEO Y EL DERECHO ESPAÑOL. ESTUDIO DE SU MANIFESTACIÓN EN LA NORMAAutor: FERNÁNDEZ DE HENESTROSA BAYO DIEGO. Año: 2005. Universidad: COMPLUTENSE DE MADRID. Centro de lectura: FACULTAD DE DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
Resumen: El trabajo que se presenta para su defensa como tesis doctoral laborada los aspectos más relevantes afectando a las entidades de crédito en el marco de la Comunidad o de la Unión Europea para centrase en las cuestiones referidas a la supervisión y a la solvencia. El tratamiento que se hace delas materias y aspectos bancarios resultan así de suma trascendencia y actualidad, al haberse conectado además la regulación comunitaria europea con la derivada del denominado Comité de Basilea. Se trata, en suma, de un importante estudio que desborda los límites del Derecho comunitario europeo para desembocar en los correspondientes a la regulación general. También se presta una atención importante a los cambios producidos a escala española como consecuencia de la entrada y participación en las Comunidades Europeas y la asunción de las correspondientes obligaciones del precipitado comunitario. EL TRIBUNAL DE CUENTAS EUROPEO: SUPERACIÓN DE SUS LIMITACIONES MEDIANTE EL PRINCIPIO DE COLABORACIÓN INSTITUCIONALAutor: SANCHEZ BARRUECO MARIA LUISA. Año: 2005. Universidad: DEUSTO. Centro de lectura: FACULTAD DE DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO. Resumen: Creado como órgano en 1977, el Tribunal de Cuentas Europeo ascendió a la categoría de institución con el Tratado de Maastricht en 1992. Tras más de un cuarto de siglo de funcionamiento, sigue siendo una institución poco conocida por el gran público y escasamente atractiva para la ciencia jurídico-política. Sin embargo, el Tribunal no ha permanecido al margen de las relaciones interinstitucionales preexistentes en la Unión Europea y emite sus observaciones respetando siempre un deber de delicadeza para con el resto de instituciones que le ha granjeado un respeto generalizado, a pesar de que carece de competencia jursidiccional. La Tesis Doctoral sometida hoy a consideración del Tribunal tiene como punto de partida la ausencia de competencia jurisdiccional del Tribunal de Cuentas Europeo, que a pesar de su denominación no goza de estatuto superior al de un simple órgano consultivo. Sin embargo, la función que lleva a cabo esta institución es extremadamente importante para la evolución de la gestión presupuestaria en la Unión Europea y para la percepción que los ciudadanos comunitarios tienen del proceso de integración. Por ello, el primer objetivo de la Tesis Doctoral es analizar y dar a conocer las características del Tribunal de Cuentas Europeo como institución: su composición, funcionamiento, organización; para centrarse a continuación en el estudio de sus competencias controladora y consultiva. Se dedica especial importancia al análisis competencial del control financiero externo sobre el presupuesto comunitario, reconocido por el Tratado, por haber observado en los últimos tiempos que el Tribunal de Cuentas Europeo aprovecha determinadas lagunas legales para interpretar extensivamente el contenido de su competencia. Además, un segundo objetivo es demostrar que el Tribunal de Cuentas Europeo, asumiendo su carencia de potestad sancionadora y por ende su naturaleza meramente consultiva, ha desarrollado una estrategia propia como actor en las relaciones interinstitucionales comunitarias, tendente a lograr la mayor efectividad posible para sus controles en ausencia de potestad sancionadora. Así, se dedica una profunda atención al análisis de las relaciones tejidas con cada uno de los órganos o instituciones afectados por su competencia de fiscalización. Comenzando con el ámbito subjetivo del control, se examinarán las relaciones con la Comisión Europea como principal gestor del presupuesto europeo, con otras instituciones y órganos comunitarios dotados de capacidad de gestión presupuestaria, y con los órganos nacionales que gestionan fondos comunitarios en el territorio de los Estados Miembros. Seguidamente, se contemplan las relaciones con las instituciones que gozan de poder decisorio en el proceso de aprobación de la gestión: Parlamento Europeo y Consejo. Finalmente se evalúan las relaciones entre el Tribunal de Cuentas y otros órganos homólogos de los Estados Miembros y cómo afectan a la eficacia del control financiero externo llevado a cabo por el Tribunal de Cuentas Europeo. El análisis de todas las relaciones bilaterales mencionadas tiene siempre como telón de fondo el principio de colaboración, entendido como eje principal en la estrategia voluntarista del Tribunal de Cuentas para superar sus limitaciones propias de una naturaleza puramente consultiva. El principio de colaboración permite así establecer bases sólidas de confianza que ayudan a superar conflictos interinstitucionales y mueven al cambio en los comportamientos de gestión presupuestaria de modo tal vez más eficaz que si dispusiera de poder de coerción. LA CODIFICACIÓN Y EL DESARROLLO PROGRESIVO DEL DERECHO DE LOS USOS DE LOS CURSOS DE AGUA INTERNACIONALES PARA FINES DISTINTOS DE LA NAVEGACIÓN; ESPECIAL REFERENCIA A LA PRÁCTICA HISPANO-LUSAAutor: ADELA MAGDALENA AURA Y LARIOS DE MEDRANO. Año: 2005. Universidad: ALICANTE. Centro de lectura: FACULTAD DE DERECHO. Centro de realización: DEPARTAMENTO DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO Y DERECHO PENAL. UNIVERSIDAD DE ALICANTE. Resumen: La Tesis Doctoral se encuentra estructurada en tres partes:-en la primera se estudia la obra codificadora y de la Convención resultante: la Convención sobre el Derecho de los usos de los cursos de agua internacionales para fines distintos de la navegación, aprobada en la Asamblea General de las Naciones Unidas el 21 de mayo de 1997, también conocida con el nombre de Convención de Nueva York;-la segunda conforma la parte central del trabajo, ya que se ocupa del Derecho Internacional General existente en el tema de los usos distintos de la navegación de los cursos de agua internacionales; -y, por último, en la tercera, se estudia la práctica hispano-lusa en la materia, en particular el vigente Convenio sobre cooperación para la protección y el aprovechamiento sostenible de las aguas de las cuencas hidrográficas hispano-portuguesas, hecho ad referendum en Albufeira el 30 de noviembre de 1998. EL DERECHO A LA PARTICIPACIÓN EQUITATIVA Y RAZONABLE EN LOS CURSOS DE AGUA INTERNACIONALES Y A LA SOLUCIÓN PACÍFICA DE SUS CONTROVERSIASAutor: ABBAS GHASSAN. Año: 2005. Universidad: COMPLUTENSE DE MADRID. Centro de lectura: FACULTAD DE DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
Resumen: En este trabajo se estudia el principio de la participación equitativa de los cursos de agua internacionales a través de su análisis, su interrelación con otros principios generales del Derecho Internacional y su aplicación. Se aclara el alcance de las expresiones: "cursos de agua internacionales", "río internacional", "cuenca hidrográfica internacional" y "recursos de agua compartidos". Se analizan las normas y principios generales que rigen la materia. Se exponen algunos ejemplos fundamentales de la práctica estatal en los grandes cursos de agua internacionales. Asimismo, se señala la importancia de la creación de instituciones de investigación sobre la utilización de estos cursos de agua, que traten el tema con razón y sabiduría. También se estudia, en caso de controversia sobre los usos de los cursos de agua internacionales, los deberes y obligaciones, cómo consultar y negociar de buena fe la forma de resolverla: agotandolos medios pacíficos, recurriendo a una tercera parte o llevando el caso al arbitraje o a la Corte Internacional de Justicia. Se finaliza con el tema de la responsabilidad internacional en materia de los usos de los cursos de agua internacionales. Todo ello, siguiendo el método descriptivo y deductivo, examinando las obras doctrinales, los convenios internacionales y la jurisprudencia, criticándose cada uno por separado. LA POLÍTICA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA EN LA UNIÓN EUROPEAAutor: Oanta Gabriela Alexandra. Año: 2005. Universidad: A CORUÑA. Centro de lectura: Facultad de Derecho. Centro de realización: Facultad de Derecho. Resumen: Esta obra muestra la interrelación entre el Derecho Internacional y el Derecho Comunitario, así como entre la Política Comunitaria de seguridad alimentaria y las restantes Políticas comunitarias implicadas. La estructura interna se divide en dos grande partes. La primera parte, se refiere a la aproximación jurídica a la seguridad alimentaria y, la Segunda, al análisis del proceso de creación de una Política de seguridad alimentaria en la Unión Europea. La tesis se cierra con las conclusiones, y con los Anexos referentes a la 'Bibliografía' 'Documentos de Derecho Internacional y la Unión Europea' 'Jurisprudencia internacional y de la Unión Europea' y 'Fuentes en Internet' Aparte de la originalidad del objeto de investigación, hay que destacar su interés múltiple, ya que toca de lleno, desde un punto de vista jurídico, realidades que nos están afectando a los ciudadanos, como las últimas crisis de seguridad alimentaria han hecho sentir. LA FORMACIÓN DE LAS NORMAS DEL DERECHO INTERNACIONAL MEDIOAMBIENTAL: SUS TRANSFORMACIONES, SUS LÍMITES Y SU VALOR JURÍDICOAutor: ELLIS MYLES ROBERT. Año: 2005. Universidad: COMPLUTENSE DE MADRID. Centro de lectura: FACULTAD DE CC. POLÍTICAS Y SOCIOLOGÍA. Centro de realización: FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIOLOGÍA. Resumen: La tesis estudia la formación de las normas de derecho internacional medioambiental, con el fin de analizar los numerosos cambios conceptuales y operativos que dicho derecho ha experimentado en las últimas décadas. Estos cambios responden a laos aspectos particulares propios del medio ambiente y a otros que son propios de la condición actual de la sociedad internacional, obstaculizando el desarrollo progresivo de la protección internacional medioambiental. El resultado de estos cambios que han incorporado los distintos aspectos particulares en la formación de las normas, ha sido que el derecho internacional medioambiental se ha transformado de una manera espectacular hasta el punto que ya cuenta con un sistema de normas efectivas y relativas a la situación actual del medio ambiente y a la sociedad internacional. En el ámbito conceptual, la tesis explica cómo los principios de la soberanía y la conservación, principios centrales para desarrollar normas para la protección medioambiental, cambian de concepto. La soberanía deja de ser interpretado como un concepto y un derecho de los países al uso exclusivo de sus propios territorios, y pasa a convertirse en el derecho del uso y protección de sus recursos territoriales para el bien de todos, y a considerarse un patrimonio común de todo la humanidad. En cuanto a la conservación, la introducción del concepto de desarrollo sostenible abandona el concepto de la conservación absoluta y propone que los países exploten sus recursos de una forma sostenible. El cambio conceptual de los principios, logró que la protección internacional medioambiental se ampliaría para que se aplicara a nivel mundial y fuera relevante a los distintas condiciones globales, no sólo respecto al medio ambiente sino también al estado actual de la sociedad internacional. En el ámbito operativo, la tesis trata del uso de los instrumentos formales, las organizaciones internacionales y otros instrumentos alternativos que se usan para la implantación de las normas para protección medioambiental. En este aspecto la tesis examina los distintos elementos de estos instrumentos de implementación de las normas, tanto por sus limitaciones para implementar las normas como por sus caminos innovadores de superar estas limitaciones. Por ejemplo, se observan las limitaciones en el uso de los instrumentos formales, tales como los tratados y el derecho consuetudinario.Aunque estos instrumentos tienen un uso común y actual para la implementación de las normas para la protección medioambiental, también presenta problemas de aceptabilidad por muchos países por su carácter formal y obligatorio. El creciente uso de las organizaciones internacionales y de los instrumentos alternativos supera estas limitaciones al ofrecer a los países unas normas más precisas y unos medios de implementación más flexibles según las posibilidades administrativas y económicas de cada país. Por último, la tesis abarca el valor jurídico del proceso de la formación de las normas tomando en cuenta las distintas transformaciones que han afectado este proceso. El valor jurídico está explicado por la presencia de la estructura del ordenamiento internacional jurídico. La soberanía, el interés común y la organización son los elementos que forman esta estructura y la presencia de estos tres elementos en la formación normativa es lo que califica a las normas de aceptables por la comunidad internacional. La tesis pone en perspectiva la actuación y fuerte presencia de los tres elementos en el proceso de la formación de las normas ya que existe la cuestión del estatuas jurídico de las normas por su carácter informal en cuanto a su implementación. NORMAS DE EXTRANJERÍA Y PROBLEMAS RELATIVOS AL DERECHO APLICABLE EN LA REAGRUPACIÓN FAMILIAR DE LOS EXTRANJEROS EN ESPAÑA
Resumen: La Ley de Extranjería (LO 4/2000, de 11 de enero) consagra por vez primera en el Derecho español un derecho subjetivo de los extranjeros residentes en España a re agrupar con ellos a determinados familiares; derecho que el legislador enmarca en el ámbito del derecho fundamental a la intimidad familiar y del derecho a la vida en familia. Esta tesis tiene por objeto analizar y comprender los heterogéneos problemas que suscita la reagrupación familiar de los extranjeros en nuestro ordenamiento jurídico. El estudio trata de poner de relieve ciertos problemas derivados del hecho de que la reagrupación familiar se enmarca en un contexto dominado por la interrelación de fuentes y de normas. Los análisis jurídicos sobre el derecho a la reagrupación familiar no suelen profundizar en los efectos de la diversificación normativa (de fuentes y de normas) y su incidencia en la familia que busca la reagrupación y en la familia una vez reagrupada en el territorio. La atención a estos aspectos se realiza desde una perspectiva que observa la interacción de normas y su incidencia sobre los aspectos formales y materiales de las normas reguladoras (de extranjería, de nacionalidad de ley aplicable) y su incidencia sobre el estatuto de residencia de los familiares reagrupados. Los resultados alcanzados con la investigación han permitido establecer como conclusiones más significativas: 1,- El binomio reagrupación familiar-estabilización es una característica de los actuales procesos migratorios "transnacionales". 2,- La integración de la familia en la célula creada en el país de acogida forma parte del contenido del derecho a la vida en familia que sólo la reunión de la familia posibilitará; lo que significa que el criterio de integración es un valor en la reagrupación familiar, que las legislaciones nacionales y el derecho comunitario no podrán limitar arbitrariamente so pretexto de una concreta política migratoria. 3,- La reagrupación familiar es un derecho subjetivo sobre el que inciden una pluralidad de normas fruto de una permanente relación normativa; interacción que se manifiesta en el plano de las fuentes y en el de las normas. La interacción en la dimensión de las fuentes se revela en la acción de los derechos fundamentales frente a las medidas de control migratorio tanto internas como del Derecho de la Unión Europea; y así, el control de la inmigración familiar debe ejercerse de forma compatible con el derecho al respecto a la vida en familia consagrado en el art. 8 del Convenio Europeo. En la dimensión de las normas, la consecuencia más importante de la interacción es la heterogeneidad de los problemas; y así, unos se producen en el sector dela extranjería y de la nacionalidad (es decir, en el estatuto internacional de los sujetos) y otros se manifiestan en la dimensión de las normas de conflicto (es decir, son el resultado de la aplicación del derecho extranjero a las relaciones jurídico privadas de la familia reagrupada). LA SANCIÓN DE LOS CRÍMENES DE DERECHO INTERNACIONAL Y LAS VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS EN PERÍODOS DE TRANSICIÓN. UN ANÁLISIS A LA SOMBRA DE LA ÚLTIMA EXPERIENCIA IBEROAMERICANAAutor: CHINCHÓN ÁLVAREZ JAVIER. Año: 2005. Universidad: COMPLUTENSE DE MADRID. Centro de lectura: FACULTAD DE DERECHO. Centro de realización: DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO Y DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO - FACULTAD DE DERECHO. Resumen: Esta tesis doctoral analiza el régimen jurídico internacional aplicable a la sanción de los crímenes de derecho internacional (genocidio, crímenes contra la humanidad, tortura, desaparición forzada de personas e infracciones graves de los convenios de ginebra y sus protocolos) y las violaciones a los derechos humanos. Parte I,- Para, una vez identificadas las obligaciones estatales existentes, analizar el modo de materializarlas en relación con los crímenes cometidos en el pasado (ya durante un gobierno no democrático, ya durante un conflicto armado) mientras se desarrolla un proceso de transición. Parte II,- A tal fin, se escoge la última experiencia iberoamericana (y en especial la de Guatemala, El Salvador, Honduras, Argentina, Chile y Uruguay) Examinando, en primera instancia, el modo y las medidas que estos estados escogieron para enfrentar esta cuestión y analizando su adecuación con el régimen jurídico identificado, para a continuación estudiar que otras alternativas existen dentro del derecho internacional para afrontar las limitaciones y retos a los que deben hacer frente estos estados inmersos en un proceso de transición a la hora de sancionar los crímenes cometidos en el pasado. De este modo, la presente tesis doctoral culmina ofreciendo un esquema de las distintas alternativas licitas existentes en el derecho internacional para materializar, atendiendo a las circunstancias de hecho de estos estados, las obligaciones internacionales identificadas. LA VICTIMA: UNA APROXIMACIÓN CRITICA Y PRELIMINAR DESDE LOS DERECHOS HUMANOSAutor: MENENDEZ LEAL SALVADOR EDUARDO. Año: 2005. Universidad: AUTÓNOMA DE BARCELONA. Centro de lectura: UNIVERSIDAD AUTONOMA DE BARCELONA. Centro de realización: UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR. Resumen: Este trabajo, parte de constatar que las víctimas de delitos, abuso de poder y violación a derechos humanos y libertades fundamentales, se hallan en términos generales, relegadas, neutralizadas e invisibilizadas en cuanto a sus necesidades e intereses específicos. En esa línea, este texto a partir de un enfoque inicialmente victimológico y después desde la perspectiva muy propia del Derecho de los Derechos humanos, se organiza estructuralmente de la siguiente manera: 1,- Planteos preliminares. 2,- La víctima: un balance General de su condición. 3,- La víctima en el proceso penal. 4,- El DIDH y la víctima. 5,- El Sistema regional interamericano de promoción y protección de los derechos humanos y la víctima. 6,- La víctima en la jurisprudencia de finales. La idea-fuerza que subyace en el aporte. EL PRINCIPIO DE IGUALDAD DE TRATO Y LA NO DISCRIMINACIÓN POR RAZON DE SEXO COMO DERECHO FUNDAMENTAL EN LA UNIÓN EUROPEAAutor: FIGUEROA BELLO AIDA. Año: 2005. Universidad: SALAMANCA. Centro de lectura: FACULTAD DE DERECHO. Centro de realización: FACULTA DE DERECHO.
Resumen: La cuestión social, en los orígenes de la Europa comunitaria, se contemplaba en algunas disposiciones jurídicas de los Tratados constitutivos, ello no resultó suficiente para el desarrollo de una Política Social comunitaria que representase un auténtico interés por su implementación. Se consideraba secundaria y complementaria, invariablemente supeditada a la vertiente económica que le dio origen. No sucedió hasta el Tratado de Roma de 1957 con lo dispuesto en el anterior artículo 119 y recordemos que fue a instancia de Francia, con una clara influencia del Convenio n.º 100 de la Organización Internacional del Trabajo con la finalidad de evitar el dumping social. Fué en este momento en el cual se visualizaba el punto de partida de su desarrollo y concretamente en lo que se refiere al principio de igualdad de trato y no discriminación por razón de sexo. Todo ello significó su desarrollo progresivo, teniendo una evolución normativa muy particular hasta ser considerado una de las piezas angulares de la Política Social Comunitaria, plasmándose en el artículo 141 del Tratado de Ámsterdam, apartados 3 y 4 la igualdad entre mujeres y hombres como uno de los objetivos de la Unión Europea, otorgando plena legitimidad a las medidas de acción positiva integrándose en el Derecho comunitario como uno de los derechos fundamentales incorporados en su marco jurídico. A todo esto debemos añadir la referencia a las Directivas europeas, instrumentos legislativos que han contribuido significativamente al importante desarrollo de este principio de igualdad, disponiendo en primer lugar la igual retribución para ambos sexos en el ámbito laboral para posteriormente ir conformando todo un marco normativo garante de la igualdad entre mujeres y hombres en otros aspectos que integran las relaciones laborales del mercado de trabajo hasta llegar a uno de los ámbitos distintos del terreno laboral, al acceso a los bienes y servicios y a su suministro. No obstante, uno de los elementos que ha resultado sustancial en el desarrollo progresivo de este principio comunitario corresponde a la abundante jurisprudencia del Tribunal de Justicia, cuya actividad pretoriana ha determinado en gran medida el auge que este principio de igualdad ha experimentado a lo largo del proceso de integración europea. En esta misma línea debemos hacer obligada referencia a las tres sentencias Defrenne, resoluciones judiciales que motivaron de forma significativa el avance normativo y jurisprudencial de este principio de igualdad de trato y de no discriminación por razón de sexo, estableciéndose como uno de los derechos fundamentales y por ende, constituyendo uno de los principios generales del Derecho comunitario. LA CONVENCION INTERNACIONAL PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE TODOS LOS TRABAJADORES MIGRATORIOS Y DE SUS FAMILIARES Y LA UNIÓN EUROPEAAutor: LUGO RODRIGUEZ CARMEN BETSABE. Año: 2005. Universidad: SALAMANCA. Centro de lectura: HISTORIA MEDIEVAL, MODERNA Y CONTEM.. Centro de realización: FACULTAD HISTORIA, DERECHO Y SOCIOLOGIA. Resumen: El 18 de diciembre de 1990 la ONU adoptó la Convención Internacional para la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, que entró vigor el 1º de julio de 2003. Este instrumento se preocupa por el reconocimiento de los derechos tanto humanos como laborales de los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares. Y aunque se encuentra en vigor, ninguno de los países miembros de la Unión Europea la ha firmado o ratificado. Sin embargo, es de actualidad la preparación de políticas migratorias comunes europeas que tendrán por objetivo unificar los criterios nacionales sobre el acceso y la residencia de nacionales de terceros países a la Unión Europea. La presente investigación se enfoca en la descripción y comparación de cada uno de los derechos estipulados en la Convención en contraposición con aquellos enunciados en los instrumentos europeos, especialmente aquellos que afectan a los trabajadores migratorios y sus familiares. De esta comparación se concluye que en cuanto a los trabajadores regulares, ambas legislaciones otorgan derechos similares, pero con relación a los trabajadores irregulares, la concesión de derechos por parte de las instituciones europeas es casi nula. La presente investigación se compone de cuatro capítulos: el capítulo I contiene una reseña histórica de los movimientos migratorios en la Europa Occidental desde antes de 1945 hasta nuestros días; el capítulo II describe la elaboración y composición de la Convención definiendo uno a uno los derechos y libertades que la misma otorga; el capítulo III contiene el desarrollo de las políticas migratorias de la Unión Europea y la legislación aplicable a los trabajadores migratorios y sus familiares, por último, el capítulo IV hace una comparación detallada de las disposiciones de la Convención con las de los instrumentos comunitarios en materia de migración. NEOCONSERVADORES Y CHOQUE DE CIVILIZACIONES. HECHOS Y RAICES DOCTRINALESAutor: GARCIA NEUMANN JAIME. Año: 2006. Universidad: VALENCIA. Centro de lectura: FACULTAD DE DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO. Resumen: EL SIGLO XXI SE HA INICIADO CON UN IMPORTANTE CAMBIO EN LAS RELACIONES ESTRATEGICAS Y JURÍDICAS INTERNACIONALES. LUEGO DEL FINAL DE LA GUERRA FRIA, EL NUEVO PARADIGMA ES EL DE LA "GUERRA AL TERRORISMO", EN PARTICULAR, DE ORIGEN ISLAMISTA, GENERANDO UN PROCESO TIPO "CHOQUE DE CIVILIZACIONES". LOS NEOCONSERVADORES EN EL GOBIERNO DE ESTADOS UNIDOS A PARTIR DE 2000, HAN DIRIGIDO ESTE PROCESO. ANALIZAMOS LOS HECHOS MAS SOBRESALIENTES DE SU POLITICA, INCLUYENDO LA GUERRA DE IRAK, ASI COMO SUS ORIGENES HISTORICOS Y SUS PLANTEAMIENTOS DOCTRINALES. YENDO A UN NIVEL MAS PROFUNDO, ENCONTRAMOS EN LA HISTORIA Y DOCTRINA DE LOS NEOCONSERVADORES, DOS IMPORTANTES RAICES DOCTRINALES INTERRELACIONADAS: UNA DIRECTA, LA DE LEO STRAUSS, MAESTRO DE LOS MAS REPRESENTATIVOS IDEOLOGOS DEL NEOCONSERVADURISMO ACTUAL ; OTRA INDIRECTA Y MAS CONTROVERSIAL, LA DE CARL SCHMITT, TEORICO DEL DECISIONISMO JURIDICO Y JURISTA, EN SU MOMENTO, DEL NACIONAL-SOCIALISMO. ANALIZAMOS TAMBIEN LAS CORRIENTES FILOSOFICAS DE DONDE PROVIENEN: HOBBES., NIETZSCHE, ETC. SUCESIONES INTERNACIONALES Y MULTICULTURALIDADAutor: Azcárraga Monzonís Carmen. Año: 2006. Universidad: VALENCIA. Centro de lectura: Facultat de Dret. Centro de realización: Facultat de Dret.
Resumen: Las sucesiones internacionales, tema tradicionalmente estudiado por la doctrina, tanto española como comparada, presenta al mismo tiempo y actualmente aspectos novedosos. El nuevo perfil de la sociedad española, caracterizada por los nuevos flujos migratorios que desde hace pocos años están afectando al mundo cada vez con mayor intensidad, pone en entredicho la validez de la norma de conflicto española en la materia, contenida en el art. 9.8 Cc y concretada por medio del criterio de conexión "nacionalidad". Se plantean así problemas tales como la aplicación de legislaciones extranjeras no vinculadas a las sucesiones o la necesidad de adaptar los dos ordenamientos jurídicos que entran en contacto, siendo que el extranjero puede contener instituciones jurídicas desconocidas por el sistema del foro, o incluso consideradas contrarias al orden público internacional español. La tesis finalmente diseñada en el trabajo de investigación se centra en una propuesta de reforma del artículo 9.8 Cc, con la finalidad de adaptarla a la nueva situación de la sociedad española. EL DERECHO DE PARTICIPACIÓN POLÍTICA Y LA DEMOCRACIA EN EL ORDENAMIENTO INTERNACIONAL: ANÁLISIS DESDE LA PERSPECTIVA EUROPEA.
Resumen: El objeto de la investigación es el estudio del derecho de participación política y de la democracia dentro del ordenamiento jurídico internacional . En el momento actual, la estabilidad política de los Estados se relaciona con la seguridad regional y en el ordenamiento internacional se ha establecido la interdependencia entre la democracia y los derechos humanos. Esta investigación delimita en qué medida se ha producido la emergencia de nuevas obligaciones internacionales en el ámbito de la participación política y de la democracia. El objeto de estudio tiene una dimensión metajurídica, por lo que la investigaciones sigue un método de análisis multidisciplinar acudiendo a fuentes de conocimiento provenientes de las Relaciones Internacionales, el Derecho Constitucional, la Filosofía Jurídica, la Teoría Política y la propia Historia. El objeto de estudio está revestido de gran actualidad, tanto desde le punto de vista teórico del Derecho Internacional y del derecho de los derechos humanos como desde la perspectiva práctica de la actividad de las organizaciones internacionales y delos propios Estados. La participación política es un elemento esencial del concepto de democracia y sólo a través de su análisis podremos comprender el lugar que ocupan ambos conceptos en el ámbito del Derecho internacional, bien como derecho individual (en el caso de la participación política) o bien como principio político (en el caso del principio democrático). El desarrollo de la investigación combina el enfoque teórico con los estudios empíricos sobre la acción de las diferentes organizaciones internacionales, tanto intergubernamentales como no gubernamentales, en el ámbito de las actividades de democratización. Tomando como punto de partida el estudio del fundamento filosófico-político del derecho de participación política y de la democracia, a lo largo de los distintos capítulos, se estudian estos conceptos aplicados a los procesos de transición (haciendo énfasis en el caso de la transición española). El análisis se apoya en el examen de la regulación y aplicación concreta dela participación política y la democracia a través delos principales instrumentos internacionales de la Organización de las Naciones Unidas, el Consejo de Europa, la Unión Europa y la Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa. El estudio de estas organizaciones internacionales toma en consideración la casuística desarrollada por organismos como el Comité de Derechos humanos, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas y otras instituciones de carácter universal y regional. Este análisis permite llegar a conclusiones precisas sobre la fuerza normativa de la participación política y de la democracia dentro del ordenamiento internacional, así como realizar propuestas útiles para mejorar la eficacia y coherencia de las actividades democratización de las organizaciones internacionales.
| 35 tesis en 2 páginas: 1 | 2 |
|
|
|