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DERECHO DE LA ANTIGUEDAD

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6 tesis en 1 páginas: 1
  • DONATIO MORTIS-CAUSA EN LA TRADICIÓN ROMANÍSTICA.

    Autor: SUÁREZ BLÁZQUEZ VIRGINIA.
    Año: 2001.
    Universidad: REY JUAN CARLOS [Más tesis de esta universidad] [www.urjc.es].
    Centro de lectura: FACULTAD DE CIENCIAS JUDICIALES Y SOCIALES.
    Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO - UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID.
    Enlace a esta ficha: http://www.kriptia.com/CIENCIAS_JURIDICAS_Y_DERECHO/TEORIA_Y_METODOS_GENERALES_DEL_DERECHO/DERECHO_DE_LA_ANTIGUEDAD/1#107107
    Resumen: Investigación sobre el proceso evolutivo de la donatio morbis-causa desde el Derecho Romano, Derecho visigodo, alta y baja edad media hasta el derecho civil español actual.
  • EL SISTEMA JURÍDICO ATICO CLASICO Y DIEZ TESIS HETERODOXAS

    Autor: PALAO HERRERO JUAN FRANCISCO.
    Año: 2004.
    Universidad: PONTIFICIA COMILLAS [Más tesis de esta universidad] [www.upcomillas.es].
    Centro de lectura: FACULTAD DE DERECHO.
    Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
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    Resumen: EL SISTEMA JURÍDICO ÁTICO CLÁSICO Y DIEZ TESIS HETERODOXAS RESUMEN: Se exponen, primeramente, los conocimientos actuales sobre el sistema jurídico clásico ateniense, relatados en orden cronológico, y en relación con los acontecimientos históricos coetáneos. Después, se formulan sendas proposiciones sobre diez temas de importancia relevante para el conocimiento del sistema citado, sobre los que se han expresado, tradicionalmente, opiniones contrapuestas. Esas proposiciones del autor, que, generalmente, no coinciden con la opinión más seguida, se analizan, una a una, mediante el método de probabilidad histórica. La aplicación de la norma positiva. La ciencia en todos aquellos conocimientos que son verificables o falsables mediante un método científico como es el método de probabilidad histórica. En este último campo, que es el que ofrece la base científica, los conocimientos jurídicos son científicos en cuanto son históricos, sociológicos, económicos, etc., etc., y en cuanto vinculan la norma con su efecto, conjunto inseparable para definir lo que el derecho es. Partiendo de ello, la tesis pretende exponer, en primer lugar, una parte del derecho clásico que es generalmente desconocida por el erudito español del derecho y es el derecho ateniense clásico, fruto arquetípico de la cultura social ateniense, paradigma del orden jurídico liberal y modo de inspiración de un modo de vida clásico por contraposición a la cultura faústica. Para ello, la primera parte de la tesis consiste en un status quaestionis que incorpora dos tipo de innovaciones: a) Una exposición histórica, en el sentido de que el derecho se expone con un criterio cronológico. b) En segundo, lugar porque se efectúa la exposición del sistema jurídico relacionándolo con los episodios históricos coetáneos, mediante una breve noticia histórica de cada uno de los periodos examinados, puesto que la ciencia jurídica no puede desvincular el derecho de la sociedad que lo utiliza, precisamente por su carácter histórico. c) En tercer lugar, mediante el estudio de los comentarios coetáneos y de los efectos de la legislación y de su aplicación cuando estén disponibles, en base al convencimiento -que ya se ha expresado- de que el derecho vigente corresponde a la conjunción del texto de la norma, de la opinión social sobre ella y del efecto de su aplicación, todos en permanente influencia recíproca. En segundo lugar, se exponen sendas tesis sobre diez puntos polémicos de importancia para la exposición del sistema jurídico clásico ateniense. Tesis que puede entenderse que, en la mayor parte de los casos, no coinciden con la opinión más seguida y que han sido, antes, introducidas en el status questionis. La materia del trabajo queda expuesto en el índice que a continuación reproduzco: CAPITULO I - Introducción - Los orígenes I.1.- Por qué estudiamos el modelo ático. I.2.- Los rasgos "espirituales" del sistema ático. I.3.- El ordenamiento ático, en relación con los demás ordenamientos griegos. I.4.- La transmisión cultural del derecho de Atenas. I.5.- Origen tradicional del ordenamiento jurídico ateniense. I.6.- El proceso prehomérico. I.7.- Los tribunales prehoméricos. - CAPITULO II - Los primeros legisladores y los primeros procesos regulares. Desarrollo y decadencia de la justicia señorial. II.1.- Los legisladores presolónicos. II.2.- Los Tribunales presolónicos. II.3.- El proceso presolónico. - CAPITULO III - La implantación de la justicia popular. De Solón a Clistenes. III.1.- Breve noticia histórica del período. III.2.- Las Leyes de Solon, de los pisistrátidas y de Clistenes. III.3.- El régimen de los Tribunales durante la época. III.4.- La evolución y régimen de los procesos. - CAPITULO IV - Desarrollo, esplendor y decadencia de la justicia popular. De Arístides y Temístocles a Alejandro Magno. IV.1.-Breve noticia histórica del período. IV.2.-Las leyes de la democracia ateniense. IV.2.1.-Leyes constitucionales. IV.2.2.-Leyes penales. IV.2.3.-Leyes civiles. IV.2.3.1.- Régimen de la ciudadanía, de la familia y de los extranjeros 8 residen 1ccd tes. IV.2.3.2.- El derecho de sucesiones y adopciones. IV.2.3.3.- La propiedad y los derechos reales. IV.2.3.4.- Las obligaciones y contratos. IV.2.4.- Normas de derecho internacional privado. IV.2.5.- Normas administrativas. IV.2.6.- Recursos e impuestos. IV.3.- El régimen de los Tribunales durante la época. IV.3.1.- Los tribunales arcontales. IV.3.2.- Los tribunales de los tesmotetas IV.3.3.- El tribunal de las causas menores. IV.3.4.- El sorteo de los Jueces. IV.3.5.- El Consejo de los Quinientos IV.3.6.- La Asamblea. IV.3.7.- Tribunales especiales. IV.3.8.- El arconte epónimo IV.3.9.- El arconte rey y el polemarco. IV.3.10.- Los tesmotetas. IV.3.11.- Los Once. IV.3.12.- Los Cuarenta y los árbitros públicos IV.3.13.- Tribunales especiales civiles. IV.4.-La evolución y régimen de los procesos. IV.4.1.- Curso general del proceso. IV.4.2.- Procesos privados jurisdiccionales. IV.4.3.- Procesos privados arbitrales. IV.4.4.- Arbitrajes voluntarios. IV.5.- Causas publicas. IV.5.1.- Causas públicas generales. La causa de ilegalidad IV.5.2.1.- Causas públicas especiales. Eisanguelia. IV.5.2.2.- Causas publicas especiales. Probolé. IV.5.2.3.- Causas publicas especiales. Fasis. IV.5.2.4.- Causas publicas especiales. Endeixis y Apagogué. IV.5.2.5.- Causas publicas especiales. Examen de los nombramientos para los cargos públicos y rendiciones de cuentas. IV.6.- La retorica. IV.7.- Los estudios contemporáneos sobre el derecho, los procesos y el régimen de los tribunales. IV.8.- La opinión contemporánea sobre el funcionamiento de los tribunales. IV.9.- La opinión social sobre las actuaciones de los Tribunales. A continuación se pasa a la exposición de los siguientes estudios puntuales: PRIMERA TESIS. La Soberanía en el Sistema Jurídico Atico Clásico. 1.- La voluntad general en el sistema ático. 2.- La interpretación de Rousseau del sistema ático. 3.- El sistema jurídico ático, paradigma del sistema de participación política directa. La tarea legislativa. Adopción parcial del sistema representativo. 4.- El sistema jurídico ático, paradigma del sistema de participación política directa. La función judicial. El rechazo al sistema representativo. 5.- El sistema jurídico ático, paradigma del sistema de participación política directa. La función ejecutiva. El rechazo al sistema representativo. 6.- Los comentarios de Rousseau sobre la participación política directa, el rechazo de la representación y el nombramiento y responsabilidad de los magistrados. 7.- Conclusiones. - SEGUNDA TESIS. Las normas tradicionales de Dracón castigan con el destierro al que comete intencionadamente homicidio. 1.- Antecedentes históricos de las normas tradicionales de Dracón. 2.- Texto, según la estela EM 6602 del Museo Epigráfico de Atenas. 3.- La tesis "ortodoxa" . 4.- La opinión de los comentaristas antiguos . 5.- Mi opinión y sus fundamentos . 6.- Conclusión . - TERCERA TESIS. Sobre cómo existió, en el derecho ático clásico, una causa pública por homicidio . 1.- Introducción . 2.- Los ilustres antecedentes de la tesis heterodoxa . 3.- Las "teorías ortodoxas" . 4.- Las leyes sobre el homicidio promulgadas tras las normas tradicionales de Dracón . 5.- Conclusión . - CUARTA TESIS. La descarga de Solón fue una remisión completa de todas las deudas personales, tanto públicas como privadas . 1.- La descarga o desgravación (se?s???e?a) de Solón. 2.- La interpretación de la "descarga", o "desgravación", en la antigüedad. 3.- La controversia, hoy. 4.- Mi opinión . 5.- Conclusión. - QUINTA TESIS. Sobre el origen histórico del Consejo del Areópago. 1.- El origen del Tribunal del Areópago en la leyenda y en la Historia . 2.- Las teorías antiguas.. 3.- Las opiniones modernas . 4.- Mi opinión . - SEXTA TESIS. Sobre el carácter consensual del contrato de compra-venta ático clásico. 1.- Introducción 2.- Las teorías que mantienen el caracter real de la compraventa ática. 3.- Las teorías que mantienen el carácter consensual de la compraventa ática. 4.- Las teorías eclécticas y heterodoxas. 5.- Mi opinión. 5.1.- Sobre la propiedad. 5.2.- Sobre como entendían los atenienses la propiedad. 5.3.- Sobre el carácter consensual de la compraventa ática. 5.4- Sobre por qué es precisa la entrega de las cosas objeto del contrato de compraventa, para adquirir el pleno dominio sobre ellas. 5.5.- El régimen normativo del contrato ático de compraventa privada. 5.6.- Las acciones de ejecución del contrato de compraventa. 5.7.- Acciones de saneamiento. 5.8.- Las acciones reivindicatorias. 5.9.- Conclusiones. - SEPTIMA TESIS. Las garantías reales en el derecho ático clásico y su ejecución. 1.- El sistema de protección de los derechos reales. 2.- Los derechos reales de garantía. 2.1.- Prenda. 2.2.- Venta con pacto de redención. 2.3.- La hipoteca. 2.4.- Los apotimemas. 2.5.- Préstamo a la gruesa. 2.6.- El préstamo eranos. 3.- La ejecución de las garantías reales. 3.1.- La ejecución de la prenda clásica. 3.2.- La ejecución de la venta con pacto de redención. 3.3.- Sobre la ejecución de la hipoteca. 3.4.- Sobre la ejecución de los apotimemas. 3.5.- Sobre la ejecución del préstamo a la gruesa. 4.- Conclusiones. - OCTAVA TESIS. Sobre si el proceso de falso testimonio, por el que se ataca a los testigos que han respaldado una diamartiría (d?aµa?t???a), formulada en una adjudicación de herencia (¦p?d??as?a) resuelve la cuestión de la adjudicación . 1.- Significación de las palabras diamartiría (d?aµa?t???a) y diadicasía (d?ad??as?a). 2.- El proceso de adjudicación de herencia o epidicasía (¦p?d??as?a). 3.- La acción por falso testimonio. 4.- La teoría de Paoli sobre la inescindibilidad del proceso de falso testimonio. 5.- Mi opinión . 6.- Conclusión . - NOVENA TESIS. Sobre cómo, con toda probabilidad, la condena pecuniaria que se imponía al acusado, en las causas por falso testimonio, no era una condena de daños y perjuicios, sino una multa. 1.- La doctrina clásica . 2.- Imposibilidad de zanjar la cuestión con criterios semánticos . 3.- La condena del falso testimonio . 4.- Con toda probabilidad, la condena pecuniaria del falso testimonio es una multa. 5.- Conclusión . - DECIMA TESIS. Sobre el número de los Tribunales colectivos de Atenas, en tiempos de Aristóteles. 1.- Lo que quiero decir por tribunales colectivos . 2.- Las teorías sobre el número de los tribunales atenienses. 3.- Las fuentes con afirmaciones generales sobre el número de los tribunales. 4.- Referencias en las fuentes a los tribunales atenienses . 5.- Conclusiones . Por último, las conclusiones alcanzadas en esta segunda parte del trabajo se introducirán en el status quaestionis
  • LA CUSTODIA EN DERECHO ROMANO

    Autor: LORENZO MORANTE MARÍA SOLEDAD.
    Año: 2005.
    Universidad: NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA [Más tesis de esta universidad] [www.uned.es].
    Centro de lectura: FACULTAD DE DERECHO.
    Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO. UNED.
    Enlace a esta ficha: http://www.kriptia.com/CIENCIAS_JURIDICAS_Y_DERECHO/TEORIA_Y_METODOS_GENERALES_DEL_DERECHO/DERECHO_DE_LA_ANTIGUEDAD/1#117880
    Resumen: Comienzo este Trabajo de Tesis doctoral, realizando un breve estudio dogmático acerca del concepto de custodia, ya que esta voz es, en el lenguaje jurídico, un término polisémico. El cuerpo principal de la obra analiza la custodia en los contratos de buena fe: contraventa, arrendamiento con un capítulo independiente dedicado al receptum cauponum nautarum stabulariorumque, mandato, sociedad, depósito y completo el estudio con una referencia a la negotiorum gestio. Se contiene también un análisis de la custodia en el comodato y prenda y una hipótesis de responsabilidad por custodia en ciertos iura en re aliena. La responsabilidad en cada institución romana he tratado de compararla con la que existe en el derecho español tanto el derecho civil, común y foral, como el derecho mercantil en su caso. Esta comparación la he realizado tomando como puente el Proyecto de Código Civil Español de García Goyena. También he estudiado en aquellas instituciones que ha sido posible, la evolución de la responsabilidad por custodia en el derecho romano-germánico (Código de Eurico) y su proyección en los ordenamientos jurídicos de la Edad Media: Leys de Partida y Fuero Juzgo.
  • EL RECEPTUM NAUTARUM

    Autor: CARVAJAL RAMIREZ PATRICIO IGNACIO.
    Año: 2005.
    Universidad: SALAMANCA [Más tesis de esta universidad] [www.usal.es].
    Centro de lectura: FACULTAD DE DERECHO.
    Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
    Enlace a esta ficha: http://www.kriptia.com/CIENCIAS_JURIDICAS_Y_DERECHO/TEORIA_Y_METODOS_GENERALES_DEL_DERECHO/DERECHO_DE_LA_ANTIGUEDAD/1#118790
    Resumen: EL RECEPTUM NAUTARUM SIEMPRE FUE, EN LA EXPERIENCIA JURÍDICA ROMANA, UN NEGOCIO ACCESORIO A LA LOCATIO CONDUCTIO QUE DISCIPLINÓ EL CONTRATO DE TRANSPORTE MARÍTIMO (A PESAR DE QUE EL RECEPTUM NAUTARUM PARECE HABER NACIDO ANTES QUE EL CONTRATO DE BUENA FE). ORIGINALMENTE, EL RECEPTUM NAUTARUM ESTABLECIÓ UNA RESPONSABILIDAD ABSOLUTA POR EL RESULTADO. RECOGÍA ASÍ, DE ALGUNA FORMA, LAS CLÁUSULAS TÍPICAS DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES SOBRE PROTECCIÓN DE LOS MIEMBROS DE UNA COMUNIDAD POLÍTICA RESPECTO DE LOS MIEMBROS DE OTRA. ESTA RESPONSABILIDAD SIEMPRE FUE OBJETIVA. LAS DIFERENCIAS SE OBSERVAN SÓLO EN CUANTO A LA VALORACIÓN DE LA VIS MAIOR. DESDE SU NACIMIENTO, Y DURANTE TODA LA ÉPOCA CLÁSICA Y POSTCLÁSICA, LA RESPONSABILIDAD DEL TRANSPORTISTA MARÍTIMO INCLUYÓ LA ANTES MENCIONADA VIS MAIOR. SU ÚNICA EXIMENTE DE RESPONSABILIDAD FUE LA DENOMINADA "EXCEPTIO LABEONIANA", REFERIDA A LAS SUSTRACCIONES DE MERCADERÍAS OCURRIDAS CON OCASIÓN DE UN NAUFRAGIO (POR EL QUE SE INCLUYE LA CONFISCACIÓN DE LAS MERCADERÍAS EN PUERTO EXTRANJERO) O CON OCASIÓN DE UN ASALTO DE PIRATAS; AMBAS CONDUCTAS CONSTITUÍAN, RESPECTIVAMENTE, LOS DELITOS DE "DIREPTIO EX NAUFRAGIO" Y "NAVIS EXPUGNATIO". SÓLO EN ÉPOCA DEL EMPERADOR JUSTINIANO LA EXCEPTIO LABEONIANA INCLUYÓ DE FORMA GENÉRICA LA VIS MAIOR, DE MANERA QUE LA RESPONSABILIDAD DEL TRANSPORTISTA MARÍTIMO, TODAVÍA DE CARÁCTER OBJETIVO, SE EXTENDIÓ SÓLO HASTA LOS "CASUS MINORES".
  • LA PROTECCION JURÍDICA DEL PIGNUS Y SU EVOLUCION HISTORICA

    Autor: ROMERO SIEIRA MARIA CONSUELO.
    Año: 2006.
    Universidad: CASTILLA-LA MANCHA [Más tesis de esta universidad] [www.uclm.es].
    Centro de lectura: FACULTAD DE DERECHO.
    Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO DE ALBACETE.
    Enlace a esta ficha: http://www.kriptia.com/CIENCIAS_JURIDICAS_Y_DERECHO/TEORIA_Y_METODOS_GENERALES_DEL_DERECHO/DERECHO_DE_LA_ANTIGUEDAD/1#116456
    Resumen: Desde siempre ha resultado imprescindible la creación de figuras jurídicas tendentes a garantizar el cumplimiento de las obligaciones. De esta forma se ha conseguido una seguridad en el tráfico jurídico que ha permitido un mayor y mejor desarrollo económico de la sociedad. Aunque en Roma parecieron primar las garantías de carácter personal, resulta evidente el importante desarrollo que alcanzaron en el ámbito jurídico las garantías reales. Dentro de éstas últimas, surge en primer término la fiducia cum creditore. Sin embargo, los problemas que la misma acarreaba, en especial la rigidez y formalismo exigidos para su constitución, así como la pérdida inicial de la propiedad en perjuicio del deudor, supusieron un acicate en la evolución hacia una nueva figura, incardinada en el ámbito de los derechos reales bajo el nombre de pignus. Esta interesante figura produce en nosotros la inquietud de examinarla en profundidad en el Derecho romano y de investigar cómo ha evolucionado hasta nuestros días. Por lo tanto, debe distinguirse dos partes en este trabajo de investigación. La primera, de mayor importancia, supone una investigación exhaustiva del pignus romano. Para su estudio tenemos en cuenta, inicialmente, los textos literarios, conscientes de que las diversas acepciones de las palabras pignus y fiducia facilitan su comprensión como importantes figuras del ámbito jurídico. No podemos olvidar que cualquier ordenamiento jurídico tiende a regular situaciones o relaciones que surgen en una determinada sociedad, de forma que existe un estrecho vínculo entre el mundo jurídico y la sociedad en la que el Derecho surge. Por ello, no nos ceñimos en el estudio de esta figura al examen exclusivo de textos jurídicos. Es necesario efectuar un examen integral del pignus partiendo de su etimología y sus diversas acepciones en la literatura clásica latina. No obstante lo anterior, la realidad pone de manifiesto que esta figura entra a formar parte del mundo jurídico rápidamente, de forma que son mucho más numerosos los textos jurídicos referentes a la misma. Rastreando estos textos observamos que el pignus, como cualquier otra institución jurídica, es una figura viva, que evoluciona adaptándose a las necesidades imperantes en la sociedad romana, resultando básica la protección jurídica que le dispensa el pretor a través de la concesión de diferentes interdictos y acciones. El estudio de la evolución de los mismos y de la protección jurídico material del pignus centra la primera parte de la investigación. Somos conscientes de que todo texto jurídico admite diversas interpretaciones, y en ello radica la grandeza del Derecho, máxime si, como ocurre en el Derecho romano, los juristas encargados de su redacción, en un intento de adaptarlas al momento en el que viven, dan lugar a las denominadas interpolaciones. Por ello, debemos evitar una simple recopilación y sistematización de los textos relativos a la protección jurídica del pignus. Efectuamos al efecto una nutrida y profunda selección doctrinal sobre los mismos. Esta doctrina se examina a su vez de forma crítica, llegando a conclusiones propias, que en ocasiones coinciden con alguna de las posturas doctrinales que sobre cualquier cuestión ya existen, pero que en otras adoptan una postura diversa de las corrientes generales. La figura del pignus no desaparece con la caída del imperio romano. Por ello, la segunda parte de la investigación se dirige a examinar la evolución de esta figura hasta nuestros días. Para ello recurrimos directamente a los textos jurídicos vigentes en cada momento y en cada territorio de la Península Ibérica. En esta evolución creemos necesario distinguir los cuatro grandes períodos de la historia jurídica española: el derecho visigodo, la etapa medieval, el período moderno con sus grandes recopilaciones y el contemporáneo con la codificación y ulteriores leyes especiales. En definitiva, la institución de la prenda ha sufrido diversos avatares a lo largo de la historia hasta alcanzar su actual configuración. Sin embargo, la esencia de la misma se ha mantenido inalterable a lo largo de los siglos, intentándose prescindir en la actualidad de la moderna y tajante distinción entre prenda e hipoteca 8 que acog 33c e nuestro Código Civil y que desvía a estas figuras de sus precedentes históricos, lo que evidencia la constante evolución de la protección jurídica de la prenda.
  • GLOBALIZACIÓN, CIUDADANÍA Y JUSTICIA MIGRATORIA.

    Autor: EUSEBIO GAUTREAUX DORA EVANGELINA.
    Año: 2006.
    Universidad: PAÍS VASCO [Más tesis de esta universidad] [www.ehu.es].
    Centro de lectura: FACULTAD DE DERECHO.
    Centro de realización: UASD, SANTO DOMINGO, AUSPICIADO POR LA UPV.
    Enlace a esta ficha: http://www.kriptia.com/CIENCIAS_JURIDICAS_Y_DERECHO/TEORIA_Y_METODOS_GENERALES_DEL_DERECHO/DERECHO_DE_LA_ANTIGUEDAD/1#120512
    Resumen: Consiste en un estudio dirigido a delimitar distintas formas de asociación de reglas, modos y valores basados en la diferencia, la diversidad y la pluralidad en las teorías de las justicias y del derecho aplicables a la migración como respuesta a las relaciones asimétricas y desiguales imperantes en las sociedades caribeñas y específicamente en la República Dominicana. El análisis se detiene en las complejidades de la globalización que acrecientan los flujos migratorios. Igualmente en las consecuencias producidas en la identidad de las personas. En tal sentido analiza acciones y recursos de defensa para inmigrantes capaces de orientar un supuesto de justicia migratoria, justicia ésta que se entiende desde aquí como un nuevo modelo que permita a los inmigrantes el disfrute de los derechos humanos, desde una revisión a las teorías contractualistas, y a los conceptos ciudadanía, nacionalidad e igualdad diferenciada, que se explique asimismo en la relación no antinómica de la diferencia y la igualdad y en el reconocimiento de la diferencia para reducir la desigualdad.
6 tesis en 1 páginas: 1
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